COMUNICADO:
REDACCIÓN DE
LA CLÁUSULA TRANSITORIA QUINTA REGLAMENTO DE RÉGIMEN ACADÉMICO EXPEDIDO POR EL
CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR.-
“QUINTA.- Desde la vigencia del presente Reglamento, las IES tienen un
plazo máximo de 18 meses para organizar e implementar una unidad de titulación
especial para todas las carreras y programas vigentes o no vigentes habilitados
para el registro de títulos, cuyo diseño deberá poner en conocimiento del CES.
Esta unidad, además de un examen complexivo de grado contemplará, al menos, una
opción de trabajo de titulación, de aquellas contempladas en el presente
Reglamento. En el caso de optar por el examen complexivo, la asistencia a las
asignaturas o cursos que incluya esta unidad de titulación especial, será
opcional para los estudiantes. Las normas para la titulación que se aplicarán
son las siguientes:
a) Quienes finalizaron sus estudios a partir del 21 de noviembre de 2008
podrán titularse bajo las modalidades que actualmente ofertan las IES, en el
plazo máximo de 18 meses a partir de la vigencia del presente Reglamento. Las IES
deberán garantizar la calidad académica del trabajo presentado y que el
estudiante culmine su proceso de titulación en el indicado plazo. No se podrán
agregar requisitos adicionales de graduación que no hubiesen sido contemplados
en el plan de estudios de la carrera o programa, al momento del ingreso del
estudiante. En este caso los estudiantes podrán acogerse a las nuevas
modalidades de graduación si la IES hubiere conformado la respectiva unidad de
titulación especial.
Una vez cumplido el plazo máximo de 18 meses los estudiantes deberán,
obligatoriamente, titularse con una de las modalidades establecidas en el
presente Reglamento.
Quienes hayan iniciado su tesis o trabajo de titulación hasta el 31 de
enero de 2015, podrán presentar su trabajo final hasta el 08 de enero de 2016.
Las IES deberán garantizar las condiciones para el cumplimiento de esta
disposición.
b) Los estudiantes que hayan finalizado sus estudios antes de 21 de
noviembre de 2008, deberán aprobar en la misma IES un examen complexivo o de
grado articulado al perfil de una carrera o programa vigente o no vigente
habilitada para registro de títulos. La fecha máxima para que la IES tome este
examen será el 21 de mayo de 2016. A partir de esa fecha estos estudiantes
deberán acogerse a la Disposición General Cuarta del presente Reglamento.
En caso de que la carrera o programa se encuentre en estado no vigente o
no conste en el registro del SNIESE, las IES deberán solicitar al CES la
habilitación de la carrera o programa para el registro de títulos.
c) En el caso de los estudiantes que cursaron estudios de diplomado
superior aprobados e impartidos antes de 12 de octubre de 2010, podrán acogerse
al examen complexivo para titularse hasta el 21 de mayo de 2016.
Los exámenes complexivos no se podrán aplicar con la finalidad de
otorgar titulaciones intermedias dentro de una misma carrera o programa.
A los estudiantes de las IES públicas que estén cursando carreras de
grado y se acojan a esta disposición se les garantizará la gratuidad
contemplada en el artículo 80 de la LOES.
Esta disposición no se aplica a las universidades y escuelas
politécnicas suspendidas legalmente.”[1]
Para hacer frente a ésta eventualidad la UDTE carrera
de Economía, pone en conocimiento de los estudiantes postulantes que cumplan con
los requisitos que la disposición transitoria quinta del Reglamento de Régimen
Académico del Consejo de Educación Superior dispone (estudiantes que hayan
egresado entre: el 21 de noviembre del 2008 y el 31 enero del 2015), la
posibilidad de optar por la modalidad de titulación de Proyecto de
Investigación o Examen Complexivo, y de la posibilidad de modificar su elección mediante el formulario que se encuentra en este blog, y que será receptado por medio de secretaría de la Carrera de Economía, para los estudiantes postulantes
que así lo deseen.
De igual manera la Dirección General Academica de la Universidad Central del Ecuador en su proceso de postulación-validación-aptitud, solicitará a los estudiantes postulantes que opten por una modalidad de titulación.
En virtud de esta redaccción de la Transitoria Quinta, quedan estructurados solo tres grupos de postulantes: aquellos postulantes que solo pueden realizar el Examen Complexivo (egresados antes del 21 de noviembre del 2008); aquellos postulantes que pueden optar por realizar Examen Compelexivo o Proyecto de Investigación (egresados entre 21 de noviembre del 2008 al 31 de enero del 2015); y, aquellos postulantes que solo pueden realizar el Proyecto de Investigación (egresados a partir del 31 enero del 2015 y estudiantes que aún estén cursando la carrera).
Atte.
UDTE carrera de Economía
1 (Disposición agregada mediante Resolución RPC-SO-13-No.146-2014,
adoptada por el Pleno del CES en su Décima Tercera Sesión Ordinaria,
desarrollada el 09 de abril de 2014 y reformada mediante resoluciones
RPC-SO-45-No.535-2014, adoptada por el Pleno del CES en su Cuadragésima Quinta
Sesión Ordinaria, desarrollada el 17 de diciembre de 2014, RPC-SO-18-No.206-20
15, adoptada por el Pleno del CES en su Décima Octava Sesión Ordinaria,
desarrollada el 06 de mayo de 2015, RPC-SO-31-No.405-2015, adoptada por el
Pleno del CES en su Trigésima Primera Sesión Ordinaria, desarrollada el 02 de
septiembre de 2015 y RPCSO-31-No.405-2015, adoptada por el Pleno del CES en su
Trigésima Primera Sesión Ordinaria, desarrollada el 02 de septiembre de 2015).
Buenas noches, segun lo indicado no dice nada respecto de los egresados que aplicaron al proceso del examen complexivo en el periodo anterior y que por la circunstancia que haya sido no se presentaron a rendir dicho examen, lo que da a entender que no hemos perdido el derecho a la titulacion por este medio?????. Quisiera por favor que se aclare expresamente esta inquietud concreta.
ResponderEliminarGracias